En Themis Abogados de Familia te ofrecemos asesoría legal integral en capitulaciones matrimoniales, modificación del régimen económico y reconocimiento de matrimonios celebrados en el extranjero, protegiendo tus derechos y asegurando la validez legal de tus acuerdos desde el inicio de la relación.
Tanto si se trata de una consulta preventiva, como de la asistencia de uno de nuestros letrados en procesos notariales, registrales y judiciales, contar con un respaldo claro, seguro y profesional desde el inicio o durante la relación permite proteger adecuadamente los derechos de ambas partes y evitar conflictos futuros.
Matrimonio
Para celebrar un matrimonio civil en España, se deben cumplir los siguientes requisitos legales:
Ser mayor de edad o menor emancipado
No estar casado con otra persona
No tener parentesco directo (ascendientes, descendientes o hermanos)
Consentir libremente el matrimonio
En caso de personas extranjeras, asimismo requiere presentar documentación adicional (certificado de capacidad matrimonial, traducciones juradas, etc.).


Requisitos para contraer matrimonio
Régimen económico matrimonial
El principal aspecto que hoy día regula el matrimonio, y respecto al cual nacen la mayoría de las dudas en asesoramiento legal, son las cuestiones patrimoniales que surgen de la unión.
En España, el régimen económico matrimonial determina cómo se gestionarán los bienes adquiridos durante el matrimonio y cómo se dividirán en caso de separación o divorcio. Afecta directamente a La titularidad de los bienes (si son comunes o privativos), La responsabilidad sobre las deudas, el reparto de bienes en caso de separación o divorcio y los efectos económicos en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges.


Sociedad de gananciales: Todos los ingresos y bienes obtenidos durante el matrimonio se consideran comunes, salvo excepciones. Ambos cónyuges son titulares por igual, aunque uno de ellos no trabaje. Las deudas también pueden considerarse comunes.
Separación de bienes: Cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus bienes. No existe patrimonio común, salvo que se pacte. Muy recomendable cuando uno de los cónyuges tiene un negocio o patrimonio personal importante.
Participación: Cada cónyuge conserva sus bienes, pero al final del matrimonio pueden repartirse las ganancias obtenidas por ambos.
Dada la relevancia de la organización del patrimonio ante la celebración del matrimonio, en caso de falta de acuerdo previo por parte de los cónyuges (capitulaciones matrimoniales), regirá el régimen supletorio marcado por la legislación.
Sin embargo, has de saber que en cualquier momento antes o durante el matrimonio tú y tu cónyuge tenéis la posibilidad de modificar el régimen económico matrimonial elegido por otro de diferente naturaleza.
TIPOS DE REGÍMENES ECONÓMICOS MATRIMONIALES EN ESPAÑA


CAPITULACIONES MATRIMONIALES
Las capitulaciones matrimoniales son un documento público en el que los cónyuges acuerdan el régimen económico que regirá su matrimonio y pueden incluir otras cláusulas específicas sobre su relación patrimonial. Las capitulaciones se pueden realizar antes o durante el matrimonio.
Para que las capitulaciones matrimoniales sean válidas, deberán elevarse a público ante Notario. Una vez escrituradas, deben inscribirse en el Registro Civil, junto a la inscripción del matrimonio celebrado.


¿QUÉ CONTENIDO PUEDEN TENER LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES?
Elección o cambio del régimen económico (por ejemplo, pasar de gananciales a separación de bienes).
Regulación sobre la vivienda familiar.
Protección de bienes privativos (por ejemplo, bienes heredados o adquiridos antes del matrimonio).
Distribución de cargas familiares o empresariales.
Pautas en caso de separación o fallecimiento.
Reconocimiento de aportaciones desiguales al matrimonio (ideal si uno aporta más capital o posee una empresa).


Recomendación profesional
Si vas a casarte, firmar capitulaciones no es “falta de confianza”, es sentido común y prevención. Permite que ambas partes sepan desde el principio cómo se gestionarán los bienes y qué ocurrirá en caso de ruptura o fallecimiento. Aporta claridad, protección y previsión.
Las capitulaciones matrimoniales son un documento público en el que los cónyuges acuerdan el régimen económico que regirá su matrimonio y pueden incluir otras cláusulas específicas sobre su relación patrimonial. Las capitulaciones se pueden realizar antes o durante el matrimonio.
Para que las capitulaciones matrimoniales sean válidas, deberán elevarse a público ante Notario. Una vez escrituradas, deben inscribirse en el Registro Civil, junto a la inscripción del matrimonio celebrado.


¿Y SI MI MATRIMONIO ES INTERNACIONAL?
¿Cómo podemos ayudarte?
Primera consulta gratuita
Sabemos que el primer paso puede ser el más difícil. Por eso te ofrecemos una consulta inicial gratuita para discutir tu situación, responder a tus preguntas y trazar un plan de acción, indicando un presupuesto claro en el que se desglosen todos los servicios que entran dentro de los honorarios de la firma.


Asesoramiento integral
Te ayudamos a comprender las opciones que la ley te ofrece en cuanto a los regímenes económicos, ya sea el régimen de gananciales, separación de bienes u otros arreglos personalizados que puedas acordar a través de las capitulaciones matrimoniales. El objetivo es que en tus pactos matrimoniales se incluyan todos los aspectos que más te preocupa salvaguardar, tengan estos carácter personal o profesional.
Nuestra meta es guiarte en la toma de decisiones informadas y ayudarte a formalizar las capitulaciones matrimoniales de forma adecuada, garantizando que se ajusten a tus necesidades y a la legislación vigente, para que puedas comenzar o continuar tu matrimonio con la tranquilidad de saber que tus intereses están protegidos.
Eficiencia y profesionalidad



